El Senado aprobó y despachó a segundo trámite constitucional un proyecto de ley que introduce modificaciones relevantes al régimen jurídico de los establecimientos educacionales subvencionados, con el objetivo declarado de facilitar la creación de nuevos establecimientos donde exista una necesidad real de oferta educativa.
La iniciativa —que ahora será revisada por la Cámara de Diputadas y Diputados— modifica diversas normas sobre subvención escolar, ley de inclusión, planificación territorial y regulación de inmuebles escolares.
A continuación, explicamos sus principales ejes.
1. Regulación expresa de arriendos y comodatos
Uno de los aspectos más relevantes del proyecto dice relación con el título jurídico del inmueble donde funciona el establecimiento.
Actualmente, la normativa exige acreditar dominio o título suficiente para acceder y mantener la subvención. El proyecto clarifica y regula expresamente los contratos de arrendamiento y comodato, estableciendo:
Escritura pública obligatoria.
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
Duración mínima de 8 años, renovable automáticamente.
Regulación de la restitución del inmueble.
Límite al canon de arriendo: no podrá exceder el 11% del avalúo fiscal anual dividido en doce mensualidades, salvo excepciones justificadas.
Reglas sobre mejoras útiles y necesarias.
Posibilidad de hipotecar el inmueble para su adquisición, con obligación de alzar la hipoteca dentro de 25 años para mantener la subvención.
En la práctica, esto busca entregar mayor certeza jurídica a los sostenedores y evitar estructuras contractuales precarias que puedan generar observaciones en fiscalización.
2. Planificación territorial de la oferta educativa
El proyecto también fortalece el rol del Ministerio de Educación en la planificación de la oferta.
Se establece la obligación de publicar anualmente información actualizada sobre demanda escolar y proyección territorial, habilitando:
Convocatorias para crear nuevos cursos o niveles en zonas con demanda insatisfecha.
Procedimientos especiales para solicitar subvención aun sin convocatoria formal.
Mecanismos excepcionales cuando exista falta de oferta educativa acreditada por la autoridad.
Esto introduce un enfoque más técnico y territorial en la creación de nuevos establecimientos, evitando tanto la sobreoferta como el déficit de cupos.
3. Ajustes a la ley de inclusión y normas transitorias
El proyecto incorpora modificaciones a la Ley N° 20.845 (Ley de Inclusión Escolar), incluyendo:
Regulación específica de arriendos en el régimen sin fines de lucro.
Extensión de plazos transitorios hasta el año 2036 en determinadas materias.
Reglas para sostenedores que deban adecuar su régimen contractual.
Además, introduce cambios al DFL N° 2 de 1998 sobre subvención del Estado, y ajustes en normativa relativa a proyectos escolares alternativos, aulas hospitalarias y escuelas cárceles.
4. Cambio de financiamiento y desempeño institucional
Se contemplan también disposiciones que permiten:
Cambiar de particular pagado a subvencionado gratuito.
Crear nuevos niveles acreditando respaldo mínimo de apoderados.
Permitir que establecimientos con desempeño alto o medio por tres años consecutivos puedan absorber o administrar establecimientos de menor desempeño.
Aquí el mensaje es claro: se busca mayor estabilidad del sistema y fortalecimiento institucional.
5. ¿Qué implica esto para los sostenedores?
Aunque el proyecto aún debe completar su tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados, de aprobarse en términos similares, implicará:
Revisar la estructura contractual del inmueble.
Evaluar condiciones de arriendo conforme a los nuevos límites.
Analizar oportunidades de expansión territorial en zonas con demanda insatisfecha.
Ajustar planificación estratégica en función de la nueva regulación.
No se trata simplemente de “facilitar aperturas”, sino de ordenar jurídicamente el crecimiento del sistema subvencionado bajo criterios de planificación y fiscalización más definidos.
Estado actual del proyecto
El proyecto fue despachado por el Senado el 21 de enero y se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados, donde podría experimentar modificaciones.
En Sostiene realizamos seguimiento permanente a las iniciativas legislativas que impactan la gestión educacional.
Si usted es sostenedor y desea evaluar cómo este proyecto podría afectar su establecimiento o futuros planes de expansión, puede contactarnos o agendar una reunión con nuestro equipo para un análisis jurídico específico completando el formulario que encontrará a continuación.